Se ordena uso de tapabocas en transporte metropolitano

* La resolución que ordena esta medida fue firmada por el director Antonio Rafael Junieles Araújo, quien aseguró que es de inmediato acatamiento, según el Artículo Quinto.

A través de la Resolución 00106 del 15 de abril 2020, el Área Metropolitana de Valledupar ordena el uso obligatorio de tapabocas para usuarios y transportadores del servicio público terrestre automotor colectivo en el área metropolitana (Valledupar, Manaure, Codazzi, La Paz y San Diego), como medida para garantizar la movilidad en el territorio conurbado, pero guardando los protocolos de salud pública para evitar contagios de Covid-19.

El Artículo Primero establece: “Ordenar el uso obligatorio de tapabocas por parte de los usuarios y conductores de las empresas de Servicio Público de Transporte Terrestre Automotor Colectivo Metropolitano de Pasajeros habilitadas por el Área Metropolitana de Valledupar, durante el tiempo que permanezcan al interior de los vehículos realizando el respectivo recorrido de las rutas y se encuentren en las Estaciones de Despacho”.

Para esto, según advierte el parágrafo de ese mismo artículo: “Las empresas deberán implementar medidas higiénicas en los espacios o superficies de contagio y las medidas de salubridad que faciliten el acceso de la población que utiliza el Servicio Público de Transporte Terrestre Automotor Colectivo de Pasajeros, así como como la de sus trabajadores”.

El seguimiento al cumplimiento de esta medida queda en manos de la entidad, así lo establece el Artículo Segundo: “El Área Metropolitana de Valledupar realizará el seguimiento de la operación dentro de las Rutas del Transporte Público Terrestre Automotor Colectivo Metropolitano de Pasajeros, efectuando inspección, vigilancia y control en cuanto al cumplimiento de las disposiciones contendidas en esta Resolución”.

Sin embargo las autoridades policiales tendrán responsabilidad en hacer cumplir la resolución, según el Artículo Tercero: “Las Autoridades de Tránsito y Transporte serán las encargadas de garantizar el cumplimiento de la presente resolución con fundamento en la Ley y las normas vigentes”.

Las empresas de transporte establecidas en el área metropolitana fueron notificadas de la resolución vigente, en cumplimiento al Artículo Cuarto: “Comunicar y compulsar copia de la presente Resolución a los representantes legales de las empresas de Transporte Terrestre Automotor Colectivo Metropolitano de Pasajeros: Cooperativa de Transportadores de San Diego y La Paz, COOTRANSDIPAZ, identificada con NIT N°800.115.914-3; Cooperativa de Transportadores del Cesar, COOTRACESAR, identificada con NIT N°800.099.337-4; a la Seccional de Tránsito y Transporte del Cesar de la Policía Nacional y a las Secretarías de Tránsito y Transporte del Municipio de Valledupar y La Paz- Cesar y Secretarías de Gobierno del Municipio de San Diego y Manaure; de acuerdo con lo establecido en el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011”.

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